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Comentarios

  • Otra cosita, cada caso en particular tiene caracteristicas especiales, si gustas, puedes agregarme al msn, ahi podemos charlar con calma acerca de tu duda.

    ak_renteria@hotmail.com

    siempre es un placer poder apoyar a gente de esta hermosa red social.

    Ahora si, hasta luego

    AK
  • Hola Ángeles, que tal:

    Claro que te puedo orientar: mira hay dos cosas, si esta persona tiene cotizaciones, no importa cuantas sean, que hayan sido registradas ante el instituto antes del mes de julio de 1997, la ley solo le exige 500 semanas de cotización, equivalen poco menos de diez años, para alcanzar la jubilacion por cesantia en edad avanzada o vejez...
    Ahora, si esta persona no cotizó ante el imss antes de esa fecha, es decir, que su numero de seguro social date de despues de julio de 1997, la ley del imss le obliga a haber cotizado un minimo de 1250 semanas, equivalentes a mas o menos 24 años de cotización.
    es muy dificil que la persona si no cotizó antes del 97 al seguro social alcance una pensión, mas por la edad que me comentas que tiene (52 años) lo importante es que se acuerde bien, un par de semanas cotizadas antes del 97 pueden hacer la diferencia.
    Te dejo un fuerte abrazo y espero haber despejado tu duda, si no, pues comunicate nuevamente conmigo.

    Atte.

    AK
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