IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN

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La igualdad de género y la no discriminación es uno de los vínculos aspiracionales más importantes del mundo en la actualidad, aunque ello es resultado de una larga y errática ruta que inició con la adopción de la Carta de las Naciones Unidas firmada el 26 de junio de 1945, donde expresamente se prohíbe la discriminación por razones de sexo, y continuó con la convención por la igualdad de género también impulsada por la ONU que desembocó en una carta firmada por más de 60 países que se comprometieron a eliminar toda forma de discriminación contra la mujer. En nuestros días diferentes organizaciones de derechos humanos procuran los mismos objetivos mediante las denuncias sobre lo que sucede en distintos países del mundo (en un texto anterior detallamos sobre la situación de las niñas en América Latina).

La igualdad de género no debe confundirse con la pretensión de igualitarismo porque ésta implica que las mujeres deben tener el mismo trato respetuoso a todos los seres humanos y las mismas garantías ante la ley para la garantía de sus derechos. Esto, que se dice fácil, ha sido extraordinariamente complicado desde principios del siglo pasado cuando las mujeres no tenían derecho al voto, hasta nuestros días que, en diferentes latitudes del globo, sufren las vejaciones de la discriminación y, entre ésta, de la impunidad.

La igualdad de género y la no discriminación se abre paso de manera desigual, porque depende de los avances normativos e institucionales y su alcance está delimitado por la cultura imperante en cada país. En Dinamarca predomina el principio de igualdad y, por ejemplo, las mujeres profesionales y quienes se dedican a procurar a su familia, tienen los mismos derechos de asistencia social y las mismas posibilidades de jubilación (los montos se definen en virtud de criterios de profesionalización y temporalidad en el trabajo); no es lo mismo lo que pasa en Dinamarca, reitero, que la situación de la mujer en Guatemala o Nicaragua, donde carece de derechos a la asistencia médica si no trabajan o padecen la discriminación para ser atendidas en el caso de que laboren porque reciben trato de personas de segunda. Todo ello, claro, sin mencionar la esclavitud sexual y la discriminación ante la ley que reciben las mujeres que denuncian esas tropelías. En tal sentido, la impunidad es un fuerte acicate para que las cosas continúen.

Estamos mejor ahora que en 1945, sin duda. Cada vez más se crean cuadros normativos en diversos países del mundo para procurar la igualdad de género y la no discriminación, la observación internacional ha sido determinante para que adquiera visibilidad la demanda en favor de un trato igualitario en todos los órdenes, laboral, social, político e incluso familiar. En Suecia, por citar otro ejemplo, la igualdad en relación con la familia establece tiempos y obligaciones para que los padres también se hagan cargo de la vida cotidiana con los hijos, lo cual es una situación excepcional en el mundo porque en la mayor parte de los países la mujer es quien lo hace, en desdoro y limitaciones de su propio desarrollo multifacético como ser humano.

Hay avances, reitero, y los países que son parte de los comités de derechos humanos de los organismos internacionales como la ONU y la OEA van presentando cada vez más que, naturalmente, no son los que quisiéramos pero siguen encaminados en una ruta que no tiene reversa y para la que se requiere la participación social más amplia posible, independientemente de la identidad sexual.

Es deseable que en México así sea, y pronto.

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