¿QUÉ HAGO SI PERDí MIS ESCRITURAS EN EL TEMBLOR?

Además del enorme dolor y pérdidas personales  que trajo consigo  el terremoto del 19 de Septiembre,  también está la  pérdida de documentación de vital importancia para varios damnificados, sin embargo, esto último, no debe ser motivo de preocupación, ya que al tratarse de documentos públicos, son recuperables, pero ¿Cómo poder recuperar un título de propiedad? ¿La escritura de tu casa, de tu terreno?

 

Cuando acudes ante un notario público para formalizar un acto jurídico como es una compraventa, donación de un inmueble, adjudicación de bienes por herencia, etc., normalmente te otorgan una escritura en la que consta dicho acto (primer testimonio), el que en su última página contiene los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad de la entidad en la que se encuentra el bien. Por disposición legal, los notarios están obligados a conservar permanentemente en el protocolo notarial – que es el conjunto de libros formados por folios numerados y sellados, en los que el notario actúa para asentar y autorizar las escrituras que se otorgan ante su fé- y se pueden reproducir cuantas veces sea necesario a solicitud de las partes que intervienen en el acto de que se trate.

 

El notario los deberá guardar  en la notaría durante cinco años y transcurrido dicho plazo, deberá remitirlos al Archivo General de Notarías de la localidad, para su guarda definitiva.

 

Por tanto, para que tengas tranquilidad, en caso de que tengas 5 años ó menos de haber firmado tu escritura y   conserves el número  y fecha aproximada de otorgamiento de la misma (únicamente para facilidad de búsqueda), podrás acudir al Notario ante quien se formalizó el acto a solicitar un testimonio ó copia certificada de la tan citada escritura, la cual te podrá entregar previo el pago correspondiente en un lapso de dos ó tres días hábiles. Y por otro lado,  en caso de que ya hayan transcurrido más de cinco años, podrás acudir directamente al Archivo General de Notarías a fin de que te puedan generar una copia certificada de la escritura correspondiente – en éste caso, sí deberás mencionar el número de escritura, la fecha y el notario ante quién se otorgó, así como otros datos necesarios para realizar la búsqueda.

 

Por último, si ya en un caso extremo, no cuentas con ningún dato y ninguna información, podrás acudir al Registro Público de la Propiedad y del Comercio  de la CDMX ó bien de tu localidad (pudiéndose llamar de otra forma dicha Institución, como es el caso de Estado de México que se denomina Instituto de la Función Registral), en la que tendrás que llenar un formato ó presentar una solicitud de búsqueda del folio del inmueble y pagar los derechos correspondientes con los datos del inmueble y podrás obtener una constancia en la que  aparezcan los datos del predio, de la escritura, número de notario,  fecha de otorgamiento, número de folio, etc.  Y con ello podrás acudir al Archivo General de Notarías a solicitar un testimonio de la escritura.

 

Cómo ves, no debe de ser motivo de preocupación,  ni para ti ni para algún familiar que en éste momento esté padeciendo los estragos del terrible temblor que nos sacudió a todos.

 

Y si en el mejor  de los casos, tienes a salvo y resguardados tus títulos de propiedad,  ó cualquier documento de vital importancia, como son: actas de nacimiento tuya y de tu pareja ó hijos, de matrimonio, testamentos, cédula ó título  profesional, etc., sin duda es un perfecto y extraordinario momento de PREVENIR, y escanéalos y guárdalos en un USB ó en la nube,  ó incluso envía un correo electrónico a ti misma ó a tus familiares más cercanos, con los mismos, quedando así, con toda seguridad, muy bien resguardados y a tu disposición siempre.

 

Tener tus documentos en orden y en un lugar seguro, te dará tranquilidad en momentos tan terribles como éste.

 

 

Y recuerda como siempre, que no estás sola!

 

Lic. Claudia Torres G.

Abogada y coach legal

abogadaclaudiatorres@hotmail.com

Facebook: Claudia Torres (abogada)

Twitter: @abogadaclaudiat

 

 

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